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Planes parciales de ordenación

Los planes parciales de ordenación son los documentos en los que se diseña la ordenación del terreno, con las posibilidades de construcción que se pueden realizar.

El contenido que deben tener los planes parciales de ordenación es el siguiente:
- Detalle de las posibilidades de edificación.
- Indicación de los terrenos que se dedicarán a parques y jardines.
- Distribución del terreno por usos.
- Señalización de centros culturales, docentes y asistenciales.
- Delimitación de la red de carreteras y otros servicios.
- Evaluación económica y etapas para el desarrollo del Plan.

Para un estudio sobre la creación de empresas o construcción de viviendas suele ser una información fundamental, dado que establece los parámetros especiales para determinar una posible rentabilidad.

Por otro lado, la anotación preventiva de embargo es una figura legal que nos permite dejar a buen recaudo un bien, mientras se resuelven las obligaciones del propietario de dicho bien, para evitar su venta.

La anotación preventiva de embargo puede ser solicitada por:
- El demandante en juicios.
- El titular de un mandamiento de embargo.
- La persona con sentencia ejecutoria a su favor.
- El demandante con sentencia de prohibición de enajenación.
- Los herederos, para garantizar su derecho hereditario.
- Otros casos que se fijen por Ley.

Para tener seguridad de cobro de una obligación, se puede solicitar al juez el embargo preventivo de bienes, para evitar el cambio de titularidad.